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25 de marzo de 2009
NOTIFICADO PODER ELECTORAL SOBRE REFORMA DE LEY ORGÁNICA DEL PODER PÚBLICO MUNICIPAL
* Diputados de la Asamblea Nacional plantearon a la directiva del Poder Electoral la disposición del Parlamento para que sea diferida la elección de concejales y miembros de juntas parroquiales para el segundo semestre de 2010

Los rectores del Consejo Nacional Electoral recibieron este miércoles a los integrantes de la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, Descentralización y Desarrollo Regional de la Asamblea Nacional, quienes notificaron a la directiva del organismo comicial acerca de la aprobación de la  reforma del artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

 

a la reunión con la presidenta del Poder Electoral, Tibisay Lucena, la vicepresidenta, Janeth Hernández,  la rectora Sandra Oblitas y  los rectores Germán Yépez y Vicente Díaz, asistieron los diputados Darío Vivas, Ulises Ramón Daal, Haydée Josefina Machín, Rafael Delgado Camejo, Juan Salvador García, Alfredo Murga, José Guido De Freitas, Orestes De Jesús Leal, Augusto Vladimir Montiel y Juan Carlos Alemán

 

El presidente de la comisión parlamentaria, Darío Vivas, dijo que había acudido a la sede del Poder Electoral para informar sobre la reforma, aprobada en primera discusión, del artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y para cumplir con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Informó que había planteado a los rectores electorales la voluntad política de la Asamblea Nacional para que sea pospuesta la realización de las elecciones de concejales y miembros de juntas parroquiales para el segundo semestre del año 2010.

 

Vivas agregó que el organismo electoral debe decidir sobre la fecha de realización de esos comicios y que esa consulta popular debe ser separada de la elección de los diputados de la Asamblea Nacional.

 

También se refirió a la disposición de la AN de crear un nuevo texto jurídico en materia comicial que refleje la experiencia y las propuestas del Poder Electoral.