Es un órgano subordinado del Consejo Nacional Electoral y se encarga de la formación, organización, supervisión y actualización del Registro Civil y del Registro Electoral. Está integrada por dos rectores principales y un rector suplente incorporado. |
Entre sus funciones se encuentran |
Planificar, coordinar, supervisar y controlar el registro civil y electoral, así como conservar los libros, actas y demás documentos concernientes. |
Le corresponde la depuración continua y efectiva del Registro Electoral y su publicación en los términos establecidos en la ley, para su posterior remisión a la Junta Nacional Electoral. |
La Comisión de Registro Civil y Electoral recibe de la Junta Nacional Electoral, para su revisión y depuración, las listas de los elegibles para cumplir con el servicio electoral, de conformidad con lo establecido en la ley, para posteriormente devolverlas a dicha Junta. |
Así mismo, gira instrucciones de obligatorio cumplimiento previa aprobación del Consejo Nacional Electoral, a las alcaldesas, los alcaldes y otros funcionarios para la inscripción y levantamiento de las actas de registro del estado civil de las personas. |
Integrantes |
Presidente: Alexis José Corredor Pérez |
Integrantes: Tania D'Amelio Cardiet y Conrado Ramón Pérez Briceño |
Está constituida por |
La Oficina Nacional de Registro Civil. |
Trabaja en coordinación con las alcaldías, ministerios de Relaciones Interiores, Exteriores y de Salud para la inclusión de todos los venezolanos y venezolanas en el Registro Civil, para el pleno disfrute de sus derechos constitucionales. |
Planifica, coordina y controla el Registro Civil de las personas naturales en todo el territorio nacional. |
La Oficina Nacional de Registro Electoral. |
Se ocupa de que todos los ciudadanos y ciudadanas se inscriban en el Registro Electoral. |
Planifica, coordina y controla las actividades inherentes a la formación y elaboración del Registro Electoral. |
Actualiza, conserva y mantiene el registro Electoral. |
Presenta a la Comisión de Registro Civil y Electoral el Registro Electoral definitivo a los fines de su publicación. |
La Oficina de Supervisión de Registro Civil e Identificación. |
Vigila que el Consejo Nacional Electoral sea informado oportunamente sobre la expedición de cedulas de identidad y pasaportes. |
Supervisa y fiscaliza que el proceso de tramitación de los documentos de identidad se realicen correctamente. |