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15 de febrero de 2008
COMISIÓN MIXTA CNE Y MIN-TRABAJO REVISARÁ NORMAS PARA ELECCIONES SINDICALES Y GREMIALES
* Esta comisión especial estará encabezada por el rector electoral Germán Yépez, con la participación de representantes del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social * Disponible en la Web del CNE consulta de elegibles para integrar los organismos electorales subalternos

El rector del Consejo Nacional Electoral, Germán Yépez, informó este viernes que serán revisadas las normas que regulan los procesos electorales de los sindicatos y de los gremios para ser ajustadas a lo establecido en el convenio 87, suscrito por el Estado venezolano con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

 

El rector electoral dijo, en rueda de prensa conjunta con el ministro del Trabajo, José Ramón Rivero, que el CNE aprobó en su sesión del 07 de febrero, la creación del Comité de Revisión de Normas Sindicales y Gremiales que estará integrada por un rector del ente comicial, un representante de la Consultoría Jurídica y de la dirección de Asuntos Sindicales y Gremiales.

 

Este equipo trabajará, en el marco de la colaboración entre los poderes del Estado, con los representantes del Min-Trabajo, para revisar el convenio 87 con la Organización Internacional del Trabajo, que se refiere a la conformación de los gremios y sindicatos, el desarrollo, funcionamiento y elección de sus autoridades.

 

Agregó que en el año 2004, la directiva el Poder Electoral aprobó una normativa para regir la elección de las autoridades sindicales del país y que la experiencia ha sido positiva, por cuanto no ha producido ningún conflicto de parte de los sindicatos y sus afiliados, con respecto al ente comicial. “El Consejo Nacional Electoral ha sido requerido, en forma permanente, por los sindicatos y sus afiliados para participar en la coordinación y supervisión de sus procesos electorales”.

 

Informó el rector que a partir de la próxima semana la  comisión mixta revisará las referidas normas, en el marco del texto constitucional y lo establecido en el Convenio 87 de la OIT.

 

La Constitución de la República Bolivariana, en el artículo 293, numeral 6, otorga al Consejo Nacional Electoral la responsabilidad de organizar las elecciones sindicatos y gremios profesionales.

 

Consulta de elegibles en la Web

Desde este viernes 15 de febrero se encuentra publicado en el portal del Consejo Nacional Electoral: www.cne.gob.ve, un link para que los electores y electoras consulten si son elegibles como miembro, secretaria o secretario, de uno de los organismos electorales subalternos de la Junta Nacional Electoral, con solo introducir su número de cédula de identidad, a fin de cumplir con el servicio electoral obligatorio en el proceso electoral de 2008.

De ser seleccionado, el elector o electora deberá prestar servicio en las juntas electorales – regional, metropolitana, municipal o parroquial - o en las mesas de votación.