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08 de septiembre de 2007
60% DE PAÍSES SURAMERICANOS POSEEN NORMATIVAS EN CUANTO A LOS NOMBRES
* Durante un encuentro con corresponsales internacionales, la presidenta del CNE aclaró algunos aspectos del anteproyecto de Ley de Registro Civil con los cuales se ha buscado generar desinformación fuera de nuestras fronteras * La titular del ente comicial refirió que los medios foráneos particularmente han centrado su atención en una sola de las disposiciones del anteproyecto de Ley

La presidenta del Consejo Nacional Electoral, rectora Tibisay Lucena, destacó este sábado, durante un encuentro con los representantes de los medios y agencias internacionales, que en aproximadamente 60% de los países de América del Sur se aplican legislaciones que regulan la colocación de nombres a los niños y niñas al momento de la presentación ante las instancias civiles.

 

Así lo destacó en aclaratoria de algunas informaciones difundidas en medios foráneos relacionadas con una de las propuestas contenidas en el anteproyecto de Ley de Registro Civil elaborado por el Consejo Nacional Electoral, según las cuales se pretende cercenar el derecho de los padres a escoger libremente el nombre de sus hijos.

 

La máxima autoridad electoral del país leyó ante corresponsales extranjeros un comunicado para rechazar lo que calificó como una campaña de desinformación sobre el tema, el cual se transcribe a continuación:

 

El Poder Electoral de la República Bolivariana de Venezuela Observa con preocupación la tergiversación que ha tenido en medios y agencias extranjeras unas de las propuestas contenidas en el anteproyecto de ley sobre el Registro Civil. El Consejo Nacional Electoral rechaza esta campaña mal intencionada de desinformación según la cual, en este anteproyecto se pretende cercenar el derecho de los padres a escoger libremente el nombre de sus hijos.

 

 Al respecto, el Consejo Nacional Electoral afirma, una vez más, lo siguiente:

 

El Poder Electoral tiene la competencia constitucional de administrar el Registro del estado Civil de las personas, por lo que, ejerciendo la iniciativa legislativa que le corresponde, elaboró un documento de trabajo de carácter preliminar de 190 artículos que regulan la materia. No obstante, la atención de algunos medios extranjeros se ha concentrado en una sola de sus disposiciones.

 

Esta propuesta tiene el propósito de garantizar el derecho humano a la identidad desde el nacimiento y, con ello, el ejercicio progresivo, pleno y efectivo de todos los derechos civiles y políticos. Contempla innovaciones importantes como la creación de un sistema de Registro Civil que no existe hasta los momentos, el otorgamiento de un número único de identidad que simplificará el registro de los actos  vitales; la automatización de los procesos lo cual permitirá a todo ciudadano, desde cualquier parte del país, el acceso a su información registrada; la creación de un registro bilingüe en lengua castellana e indígena; la posibilidad de cambio de nombre  por la vía administrativa, entre otros aspectos. Sin embargo, las informaciones se han centrado exclusivamente en cuestionar supuestas prohibiciones que no están presentes en el anteproyecto.

 

El artículo en referencia, que se hace ver como contrario a la libertad particular de los padres, procura preservar el derecho a la dignidad, respeto de la condición humana y a la integridad física, psíquica y moral de los niños y niñas, fundado en el principio universal del interés superior del niño. Esta previsión no es ajena al ordenamiento jurídico internacional, pues se encuentra igualmente consagrada en países como Suiza, Francia, Chile y Perú, así como en Argentina, Ecuador y España desde donde extrañamente algunos medios han descalificado la propuesta.

 

El Poder Electoral, consecuente con su tradición de transparencia y diálogo democrático, ha propuesto a disposición pública el anteproyecto de ley para la consulta y participación de todos los venezolanos y venezolanas e invita a seguir construyendo una propuesta comprometida  con los más elevados niveles en el ejercicio de los derechos humanos y de la soberanía del país.  El Consejo Nacional Electoral recogerá e integrará todas las iniciativas constructivas que fortalezcan la propuesta para conformar un proyecto de Ley que será presentado oportunamente a la Asamblea Nacional que es, a fin de cuentas,  el poder llamado a debatir y sancionar la Ley que regirá el Registro del estado Civil de las Personas en Venezuela.