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16 de mayo de 2007
APROBADAS NORMAS PARA FUNCIONAMIENTO DE CENTROS PARA RECEPCIÓN DE MANIFESTACIONES DE VOLUNTAD
* Rectores del CNE sancionaron el instrumento legal que regulará el funcionamiento de los puntos electorales en los que se recibirán las manifestaciones de voluntad para la activación de referendos revocatorios * Suspendido proceso de recolección de manifestación de voluntad contra alcalde del municipio Maracaibo * Aprobada impugnación presentada por alcaldesa del municipio Palavecino

El Consejo Nacional Electoral, en su sesión de este miércoles 16 de mayo, aprobó el instrumento legal que regirá el funcionamiento de los centros electorales para la recepción de las manifestaciones de voluntad durante la jornada pautada entre el16 y 18 de junio, informó el rector Germán Yépez.

 

Agregó que esta normativa consta de 43 artículos en los que se describe cómo debe ser el funcionamiento operativo de los puntos en los que los ciudadanos avalarán las solicitudes de referendos revocatorios de mandatos de elección popular. “Con estas normas se define el papel que deben desempeñar los agentes de recepción de manifestaciones de voluntad, los operadores de máquinas y los solicitantes”.

 

Suspendido proceso revocatorio contra alcalde de Maracaibo

Por otra parte, el CNE suspendió el proceso de recolección de manifestaciones de voluntad contra el alcalde del municipio Maracaibo, Gian Carlo Di Martino, por cuanto las dos organizaciones  que solicitaron se activara el referendo revocatorio de su mandato desistieron de la acción. Declinaron el Grupo de Electores Maracaibo Mia (GEMMIA) y la Unión Nacional Independiente de Organizaciones Sociales (UNIDOS).

 

El lapso establecido por el organismo comicial para que las agrupaciones de ciudadanos y ciudadanas, así como las organizaciones con fines políticos, puedan desistir de sus solicitudes de referendos revocatorios contra gobernadores, alcaldes o legisladores regionales, vence este viernes 18 de mayo.

 

Aprobada impugnación

Igualmente los rectores admitieron el recurso que introdujo la alcaldesa del municipio Palavecino del estado Lara, Aura Contreras, según el cual de las 56 personas que conformaron la agrupación de ciudadanos y ciudadanas para solicitar el referendo revocatorio de su mandato, más de 10 han desistido del proceso levantado en su contra.

 

Ante esto, el CNE resolvió emitir una notificación en la que se convoca a los 56 miembros de la organización Fuerza Revolucionaria Participativa (FREPAR), ratificar la solicitud de referendo revocatorio, en un lapso de cinco días. Si en este período no se presentan por lo menos 50 miembros de esta agrupación para certificar la solicitud, automáticamente se suspende el proceso abierto contra la alcaldesa Aura Contreras.