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13 de abril de 2007
APROBADO INSTRUCTIVO PARA ACCEDER A EXPEDIENTES DE REFERENDOS REVOCATORIOS
* Todos los ciudadanos y ciudadanas pueden tener acceso a los expedientes de referendo revocatorio * Se entregará copia simple del expediente de la solicitud de referendo o de la constancia de constitución de la agrupación con fines políticos

El Consejo Nacional Electoral decidió en su sesión de este miércoles permitir el acceso a todos los ciudadanos y ciudadanas a los expedientes de solicitud de referendos revocatorios de cargos de elección popular, aprobados por el ente comicial, tras sancionar el instructivo  para el referido trámite.

 

La solicitud de acceso se realizará a través de la dirección general de Partidos Políticos, en donde el interesado o interesada podrá disponer del expediente de solicitud de referendo revocatorio o de la agrupación de ciudadanos y ciudadanas solicitante.

 

Según el “Instructivo para el Trámite de Solicitudes de Acceso a los Expedientes de Referendos Revocatorios Aprobados por el Consejo Nacional Electoral y de Copia Simple”, aprobado este miércoles, la revisión de las manifestaciones de voluntad para la constitución de las agrupaciones con fines políticos se “deberá hacer sin dispositivos que permitan copiar o transcribir su contenido”.

 

Para obtener la copia simple del expediente de solicitud del revocatorio o la Constancia de Constitución de la agrupación con fines políticos, los interesados o interesadas deben hacer la petición mediante una comunicación dirigida al Servicio Autónomo de Información del Poder Electoral, SAIPE, que funciona en la sede central de la institución.

 

Igualmente, los rectores electorales determinaron que los expedientes de adherentes (firmantes) a las solicitudes de referendo quedarán en custodia de la Comisión de Participación Política y Financiamiento para ser observados por los interesados “sin posibilidad de fotocopiarlos o reproducirlos”.