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16 de julio de 2009
CNE CONCRETÓ TRANSFERENCIA DEL REGISTRO CIVIL EN TRES MUNICIPIOS MÁS DEL ESTADO LARA
* La Gobernación del estado transfirió la función registral a las alcaldías de los municipios Crespo, Simón Planas y Urdaneta * Con esta transferencia ya suman seis los municipios que asumieron la competencia registral en el estado Lara

El Consejo Nacional Electoral consumó la transferencia de competencias del Registro Civil de la gobernación del estado Lara a las alcaldías de los municipios Crespo, Simón Planas y Urdaneta.

 

Con este acto ya suman seis las jurisdicciones larences que cumplieron con la resolución del CNE, pues el pasado 17 de junio las alcaldías de los municipios Palavecino, Andrés Eloy Blanco y Morán asumieron la función registral.

 

La actividad se realizó en el salón Martín María Aguinagalde del Palacio de Gobierno, donde el mandatario regional, Herny Falcón, en conjunto con las autoridades locales, Elizabeth Valecillos, del municipio Crespo; Fermín Marín del municipio Simón Planas, y Luis Ladino del  municipio  Urdaneta,  firmaron el decreto de transferencia de competencias del Registro Civil, e igualmente el acta de convenio interinstitucional para garantizar la continuidad del servicio registral.

 

Con la firma de este convenio de transferencia  los jefes civiles y prefectos de estos municipios deben abstenerse de efectuar cualquier actividad  relativa al estado civil de las personas, tales como el otorgamiento y certificación  de actas de nacimiento, defunción, matrimonios, entre otros documentos.

 

En trámite Irribarren, Torres y Jiménez

La comisión interinstitucional, integrada por representantes de la gobernación del estado Lara, de los alcaldes y el equipo de asesoría técnica del CNE, continúa en trámites para que en las próximas semanas se concrete la transferencia en los municipios Irribarren, Torres y Jiménez

 

Al concretarse la transmisión de la función registral de las alcaldías restantes, se daría por completada la transferencia del servicio y administración del Registro Civil del gobierno regional a los gobiernos locales, instancias que por mandato constitucional son órganos auxiliares del Poder Electoral en esta materia.