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09 de diciembre de 2008
ENTRE EL 22 DE DICIEMBRE Y EL 11 ENERO ESTARÁN SUSPENDIDOS PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
* La medida tomada por la directiva del CNE obedece a la suspensión de las actividades del Poder Electoral por el fin del año electoral

Mediante resolución aprobada el pasado 3 de diciembre, la directiva del Consejo Nacional Electoral acordó suspender los lapsos para los procedimientos electorales impugnatorios establecidos en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, relativos a la materia sindical y gremial, así como a las averiguaciones administrativas referentes a publicidad y propaganda, a partir del 22 de diciembre y hasta el 11 de enero.

 

La medida obedece a la suspensión de las actividades del Poder Electoral por  el fin del año electoral.

 

De acuerdo con el artículo 228 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política (Lospp): “el recurso jerárquico se interpondrá dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la realización del acto, si se trata de votaciones, de referendos o de Actas de Escrutinio, de Cierre del Proceso, de Totalización, de Adjudicación o de Proclamación; de la ocurrencia de los hechos, actuaciones materiales o vías de hecho; del momento en que la decisión ha debido producirse si se trata de omisiones o de la notificación o publicación del acto, en los demás casos”.

 

A efectos de la recepción de eventuales recursos impugnatorios en contra de los comicios regionales celebrados el pasado 23 de noviembre, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 229 de la Lospp, las respectivas Oficinas Regionales Electorales habilitarán guardias de atención al público durante la semana comprendida entre el 15 y el 19 de diciembre.