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09 de agosto de 2004
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
* Postura de la Presidencia del Consejo Nacional Electoral frente a la amenaza de uno de los contendores de adelantar resultados el día domingo 15 de agosto, sin que el Poder Electoral haya emitido el primer boletín
 

 

            La Presidencia del Consejo Nacional Electoral ha considerado necesario dirigirse al país, ante las declaraciones vertidas a los medios de comunicación social por un importante vocero de la Coordinadora Democrática, según las cuales el 15 de agosto próximo, fecha de la jornada referendaria presidencial, ese sector político procedería a emitir boletines cada hora con resultados del proceso a partir de las dos de la tarde, a fin de, como expresa este vocero, “evitar que se pretenda torcer la voluntad de los venezolanos”.

 

            Sobre semejante declaración, esta Presidencia puntualiza categóricamente lo siguiente:

 

1)     Constituye un hecho evidente, que debería constarle a todos sin dificultad, que de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es al Poder Electoral a quien corresponde en todo proceso electoral hacer el cómputo de los votos y luego hacer del conocimiento  público los correspondientes resultados. Si uno consulta las experiencias de los demás países puede que haya variaciones en lo que toca a cuál rama del Poder Público del Estado, toca la señalada tarea de contar los votos y anunciar los resultados. Pero lo que resulta insólito y descabellado es, como se expresa en la señalada declaración, que la tarea indicada pretenda realizarla uno de los contendientes en el proceso electoral. Nadie puede ser juez en su propia causa.

 

2)     En segundo término, no sólo es inaceptable que los anunciados boletines de la Coordinadora Democrática pretendan hacerse público aún antes de cerrada la jornada electoral y sin que este Poder Electoral emita los primeros resultados, sino que además dichos resultados no sean la expresión de contar los votos, cuestión que sólo ocurre una vez que se ha terminado la votación y se hace público el escrutinio.

 

3)     La declaración pública que este Poder Público condena categóricamente ha sido hecha con la finalidad evidente de crear desasosiego, intranquilidad y preparar el terreno para que la referida fecha electoral ocurran graves alteraciones del orden público  y se desconozca al Árbitro Electoral. Como he dicho en anteriores oportunidades, sin confianza en las Instituciones, nuestro país estaría sentenciado.

 

4)     Se advierte que si en la referida jornada electoral, ocurren conductas como la condenada en el presente comunicado, el Consejo Nacional Electoral no dudará en activar los mecanismos legales para sancionar a los culpables. Asimismo, se recuerda a los medios de comunicación social que de conformidad con el artículo 264 de la Ley Orgánica del Sufragio sobre ellos pesa la prohibición de “difundir informaciones referidas a los resultados del proceso electoral durante el día de la celebración del mismo, en el horario establecido para las votaciones y hasta la hora que determine el Consejo Nacional Electoral”, cuya infracción puede dar lugar incluso al cierre o corte de la señal del medio de comunicación que se trate.

 

5)     En fin, este Consejo Nacional Electoral hace un llamado a todos los actores del revocatorio para mantener la cordura, la serenidad de ánimo y la disposición a respetar la regla de oro de la democracia conforme a la cual las decisiones políticas en una sociedad son adoptadas legítimamente por la mayoría de quienes la apoyen.

 

 

 

Francisco Carrasquero López

Presidente

Consejo Nacional Electoral