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21 de marzo de 2006
CNE SOLICITARÁ A LA SALA CONSTITUCIONAL REVISIÓN DE SETENCIA CONTRA ALCALDE DE CATATUMBO
* En esa sentencia de la Sala Electoral, del 09 de marzo, no se aplica el artículo 4 del Estatuto Electoral del Poder Público

El máximo ente comicial del país solicitará a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que revise la sentencia de la Sala Electoral, mediante la cual se ordena la celebración de una nueva elección para el cargo de alcalde en el municipio Catatumbo del estado Zulia.

 

“La opinión nuestra es que la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, incurrió en un error, por la no aplicación del artículo 4 del Estatuto Electoral del Poder Público, (…) el alcalde del municipio Catatumbo tiene todo el derecho de ocupar su cargo” explicó el presidente del Consejo Nacional Electoral, Jorge Rodríguez.

 

El artículo 4 del mencionado instrumento legal establece que el Presidente de la República, los gobernadores de Estado y los alcaldes de los municipios “que sean postulados al mismo cargo y los funcionarios públicos de menor rango podrán permanecer en sus cargos durante el lapso de la campaña electoral”.

 

Sin embargo, la sentencia de la Sala Electoral del TSJ, de fecha 09 de marzo del año en curso, declaró con lugar el recurso contra la resolución dictada por el CNE el 26 de mayo de 2004, declarando sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra las Actas de Totalización, Adjudicación y Proclamación del ciudadano Fernando Loaiza Chacón como Alcalde del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, quien permaneció en su cargo durante su participación como candidato en los comicios del 31 de octubre del 2004, cuando resultó reelecto.